La liturgia de la Palabra propone hoy las lecturas de Ez 33,7-9, Rom 13,8-10 y Mt 18,15-20. El pasaje evangélico, que forma parte del llamado «discurso comunitario o eclesiástico», es propio de Mateo, aunque el consejo sobre el perdón al hermano tiene un paralelo en Lc 17,3. Se puede dividir en tres secciones: la corrección fraterna (v. 15-17), el poder otorgado a los Doce (v. 18) y la oración comunitaria con la presencia de Jesús (v. 19-20).
1. La corrección fraterna (v. 15-17)
Desde el punto de vista literario, el discurso de Jesús acerca de la corrección fraterna está construido sobre la base del uso de la condicional «si». Jesús enuncia el principio general «si tu hermano peca…» (v. 15a), al que siguen tres frases que especifican cuatro condicionales, la primera con resultado positivo: «Si te oye…» (v. 15b), y las otras tres, negativo: «Si no oye…» (v. 16), «si desoye…» (v. 17a), «si también desoye…» (v. 17b).
La enseñanza de Jesús sobre la corrección fraterna a alguien que peca propone un proceso gradual en tres momentos. El primer paso es la corrección a solas (v. 15). Jesús dice «ve y corrígelo a solas». Al decir «ve», Jesús da a entender que en la comunidad de creyentes cualquier hermano está legitimado para corregir. La solicitud y la caridad urgen a ir al encuentro del hermano para no dejarlo permanecer en su error. La obligación de corregir al prójimo estaba estipulada ya en el Antiguo Testamento. En Lev 19,17-18, en el contexto del amor al prójimo, Dios ordena: «No odiarás en tu corazón a tu hermano, pero corregirás a tu prójimo, para que no cargues tú con su pecado». Sin embargo, la corrección que propone Jesús va más allá, pues no busca tanto que el que corrige quede exculpado del pecado ajeno, sino que, como fruto de la caridad, busca el bien del hermano corregido de forma gratuita. El verbo griego usado para corregir es elégjô, que significa «mostrar (a alguien) su falta, poner de manifiesto, reprender». Es el verbo que se usa para llamar a la conversión a quien vive en pecado grave (Lc 3,19-20: Herodes). En el Antiguo Testamento la corrección es una prerrogativa de Dios, que la lleva a cabo como Padre (Prov 3,11-12; cf Heb 12,5-7). Por otra parte, Jesús pide que el que corrige ha de hacerlo con delicadeza y prudencia, guardando en secreto la falta del hermano. Se ha de buscar que el corregido reconozca su pecado sin necesidad de exponerlo a conocimiento público. Se trata de recuperarlo, evitándole el bochorno público.
Si el hermano corregido persiste en su pecado y no escucha (es decir, no reconoce su pecado y cambia de conducta), hay que dar paso al segundo momento: se debe pedir la ayuda de «uno o dos testigos» para discernir el asunto (v. 16). También aquí hay precedentes en el Antiguo Testamento, pues, al dar las normas a seguir en las causas judiciales, la Torah exige el testimonio de dos o tres testigos para que la declaración de culpabilidad o inocencia sea válida (cf Dt 19,15; 17,6). Sin embargo, Jesús no parece referirse aquí a un caso de juicio, sino de una amonestación privada con la presencia de testigos, que buscan dar al corregido la oportunidad de arrepentirse y volver al seno de la comunidad.
Si el hermano corregido persiste todavía en su pecado, porque desoye la corrección, hay que dar el siguiente paso: convocar a la comunidad (v. 17). El verbo usado para desoír es parakoúô, que contiene la idea de una desobediencia resistente y contumaz, y quizás una cerrazón que deja entrever una grave dureza de corazón. Ahora el recurso es a la iglesia, la ekklesía, la comunidad de creyentes, de modo que el pecado adquiere ya un carácter público. Los esfuerzos por dejarlo en el ámbito de lo privado han fracasado. La comunidad interviene a la vez con autoridad y caridad para conseguir arrepentimiento y conversión. Sin embargo, ni siquiera la solicitud de la iglesia logra revertir la dureza mostrada hasta aquí por el pecador. En este caso, la enseñanza de Jesús, aparentemente dura, es clara: a una persona así, que no se considera a sí mismo hermano agradecido por la solicitud de la comunidad, hay que considerarlo como un pagano o un publicano, es decir, hay que excluirlo como alguien ajeno a la comunidad, pues en realidad con su conducta irreductible él se ha excluido ya.
2. La autoridad de los Doce (v. 18)
La autoridad de la comunidad para actuar sobre la conducta de uno de sus miembros emana del mismo Jesús, que la ha concedido a sus discípulos con unas palabras semejantes a las que había dicho a Pedro con motivo de la confesión de Cesarea (cf Mt 16,19): «En verdad os digo: Todo lo que atéis en la tierra será atado en los cielos, y todo lo que desatéis en la tierra será desatado en los cielos». Jesús introduce sus palabras con la fórmula «en verdad», que corresponde al hebreo y arameo Amén, muy usada por Jesús para dar solemnidad y fuerza de veracidad a lo que va a decir (cf Mt 5,18; 6,2; 8,10; 10,15). En este caso, afirma que los discípulos tienen su autoridad y que Dios mismo ratifica las decisiones tomadas por la Iglesia.
3. La oración comunitaria y la presencia de Jesús (v. 19-20)
Jesús cierra esta parte del discurso con una doble afirmación, precedida de nuevo por la fórmula «en verdad (Amén) os digo». La primera afirmación, que conlleva una promesa, se refiere al poder de la oración de los discípulos hecha en verdadera comunión, aunque sean sólo dos (v. 19). La traducción española «si dos se ponen de acuerdo» corresponde al verbo griego symfônéô, derivado de fonê, «voz», que viene a significar «(hablar) con una voz común». Jesús pone el acento no tanto en el número de los que piden (bastan sólo dos), sino en la verdadera sinfonía de los corazones y la comunión en las intenciones. Dios no escucha cuando hay división de corazones (latín, dis-cordia) entre los discípulos, sino cuando se da la armonía (latín, con-cordia) entre ellos, es decir, cuando tienen un corazón común. Las palabras de Jesús sobre la petición de los dos que se ponen de acuerdo son: «(cualquier cosa que pidan) llegará a ser para ellos de parte de mi Padre», es decir, la obtendrán del Padre. Jesús pone el acento en la fuerza que tiene la súplica hecha en comunión.
La segunda afirmación, que Jesús une a lo dicho en los versos anteriores como una consecuencia («porque»), se refiere a su presencia en medio de los discípulos (v. 20). Jesús da a conocer que si el Padre escucha las peticiones de los discípulos, hace suyas las decisiones doctrinales y la corrección disciplinar del pecador, es porque donde los discípulos (bastan dos o tres) están reunidos en su nombre, allí está Él presente. En Lev 26,11 Dios dice: «Pondré mi morada en medio de vosotros». Israel es el pueblo, la comunidad o ekklesía en la que Yahveh mora. Ahora Jesús de un modo semejante afirma que está en medio de sus discípulos. Ellos son la nueva ekklesía de Dios en Jesús. Estas palabras de Jesús encuentran su culmen en las que dirá a los apóstoles después de su resurrección: «Sabed que yo estoy con vosotros todos los días, hasta el final de los tiempos» (Mt 28,20).
¡FELIZ DOMINGO!